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Certificado de últimas voluntades en Melilla

Declarar herederos, aceptar una herencia o vender un inmueble heredado exigen saber si hubo testamento. Si eres de Melilla o heredas allí, te explicamos cómo conseguirlo.

Para familias con vínculos entre Melilla y la península o con otros países, este certificado permite saber si el fallecido dejó testamento y ante qué notario.

Qué hacemos con el certificado de últimas voluntades en Melilla

Preparamos la solicitud, liquidamos la tasa mediante el modelo 790 y tramitamos el certificado ante el Ministerio de Justicia. Al recibirlo, te explicamos qué dice y cuál es el siguiente paso.

  • Solicitud del certificado de actos de última voluntad al Ministerio de Justicia.
  • Gestión del pago de la tasa con el modelo 790.
  • Interpretación del resultado: si hay testamento, de qué fecha y ante qué notario.
  • Orientación sobre los pasos siguientes: copia del testamento, declaración de herederos o partición.
  • Seguimiento del trámite hasta la recepción del certificado.

Requisitos y documentación

Para pedir el certificado necesitamos los siguientes documentos. Si te falta alguno, dínoslo y buscamos otra forma de acreditarlo:

  • Certificado de defunción del fallecido.
  • DNI o NIE de la persona que solicita, y documento que acredite su relación con el fallecido, como el libro de familia.
  • DNI o NIE del fallecido, si lo tienes.
  • El modelo 790 de la tasa, que preparamos nosotros.
  • Una autorización firmada para actuar en tu nombre, que te facilitamos.

Cuando los herederos viven en otro país, enviarnos los documentos escaneados basta para empezar. No es necesario que nadie se desplace para pedir el certificado.

Plazos y datos clave

Hay que esperar quince días hábiles desde el fallecimiento antes de solicitarlo, y se acompaña siempre del certificado de defunción. Mientras tanto, podemos tener todo el expediente listo.

El resultado informa de si existe testamento, de su fecha y de la notaría autorizante, pero no de su contenido. Después se pide la copia a la notaría correspondiente.

Si no consta ningún testamento, la herencia se rige por las reglas de la sucesión intestada y habrá que tramitar una declaración de herederos. Te orientamos sobre cómo continuar. Si además hay bienes en el extranjero o herederos menores de edad, el procedimiento tiene particularidades que revisamos contigo desde el principio.

Con el certificado en la mano ya sabes si hay que ir a una notaría concreta o iniciar una declaración de herederos. En ambos casos, te orientamos sobre los siguientes trámites.

Si tienes prisa porque hay que vender un inmueble o cerrar una cuenta, avísanos: en cuanto se cumpla el plazo de espera, presentamos la solicitud y te mantenemos informado del avance.

Cómo trabajamos

Lo organizamos todo por mensaje. Nos facilitas el certificado de defunción y tu DNI por WhatsApp o email, comprobamos que la documentación esté completa y tramitamos. Recibes los resultados en tu móvil o en tu correo, de modo que ni tú ni nadie de tu familia tiene que acudir a una oficina.

Preguntas frecuentes

¿El certificado dice lo que pone el testamento?

No. Solo indica si existe testamento, su fecha y la notaría. Para conocer el contenido hay que pedir una copia a esa notaría.

¿Y si el fallecido otorgó varios testamentos?

El certificado los refleja todos, y el que prevalece es normalmente el último otorgado. Un abogado debe revisarlos para saber su efecto.

¿Puedo pedirlo desde fuera de Melilla o desde otro país?

Sí. Como todo se hace por WhatsApp o email, puedes solicitarlo desde cualquier lugar enviándonos la documentación escaneada.

¿Hay que pedir también el certificado de seguros de vida?

Es un trámite distinto: el Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento se consulta aparte. Podemos ayudarte a solicitar ambos.

Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso en Melilla.

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